El medio aguinaldo de junio es una partida complementaria que se computa para el cálculo del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas ( IRPF). Esta partida de naturaleza salarial es pagada por el empleador en dos oportunidades durante el año: en junio y diciembre.
Consiste en un doceavo de todos los conceptos remuneratorios en dinero que abona el empleador en un periodo determinado.
Los trabajadores dependientes, tanto de la actividad privada como pública, que recibieron prestaciones en dinero entre el 1° de diciembre de 2024 y el 31 de mayo de 2025, son beneficiarios del aguinaldo, que se entregará en junio.
¿Cuándo se paga el medio aguinaldo de junio?
El pago de este aguinaldo puede realizarse hasta el 30 de junio como fecha límite.
¿Cómo se calcula el medio aguinaldo de junio?
Para determinar el monto que el empleador debe pagar, se suman todas las remuneraciones en dinero (sueldo, jornales, horas extras, horas nocturnas, descanso trabajado, etcétera) que el empleador abono en el periodo de generación y se divide el total entre 12.
No se consideran para el cálculo del aguinaldo las partidas en especie (como tickets, propinas abonadas por terceros, o conceptos de vivienda o locomoción). Sin embargo, para los trabajadores rurales, se consideran computables las partidas en especie por concepto de alimentación y vivienda.
Al monto total, se le descuentan los aportes personales a la seguridad social, incluyendo el aporte jubilatorio (15%), Fonasa (3%) y el Fondo de Reconversión Laboral (0,1%), para determinar el importe líquido del aguinaldo.
IRPF en el aguinaldo de junio
El aguinaldo se considera una partida computable para el cálculo del IRPF, pero, a diferencia del aguinaldo de diciembre, el aguinaldo de junio no se ve afectado por este impuesto. Esto se debe a que se realiza un adelanto mensual del IRPF, incrementando la base imponible del impuesto en un 6% mensual de acuerdo al Decreto 154/015.
Este incremento del 6% solo aplica a las remuneraciones que superen las 10 BPC mensuales (actualmente $ 65.760). Para haberes inferiores, no se aplica el aumento.

